.
Facebook IMPIVA YouTube IMPIVA
Impiva
GVA
Conselleria d'industria, comerç i innovació
Estás en: Inicio arrow Programas 2010 arrow 4. PROGRAMA DE ASISTENCIA A LA CREACIÓN Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS INNOVADORAS
viernes, 18 de mayo de 2012
.
Acceso area personal

4. PROGRAMA DE ASISTENCIA A LA CREACIÓN Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS INNOVADORAS

Dirigido a: Centros Europeos de Empresas Innovadoras de la Red IMPIVA
y entidades sin fin de lucro
feder2.jpg


Fecha límite: Anualidad 2010: 15/04/2010*
                          Anualidad 2011: 01/02/2011*
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOCV de fecha 23/03/2010

Objeto

Facilitar la ejecución de proyectos de creación o crecimiento de empresas innovadoras de creación reciente, especialmente las que operan en sectores emergentes y basan su competitividad en la aplicación intensiva del conocimiento contribuyendo a la diversificación del tejido económico valenciano con nuevas actividades, mediante la valoración de ideas de negocio y la definición de planes de actuación que permitan estimar los recursos necesarios y las actuaciones a desarrollar para obtener los objetivos a alcanzar, evaluando los riesgos inherentes a las distintas alternativas. Complementariamente se apoyará la puesta a disposición de emprendedores y empresas innovadoras de reciente creación de las infraestructuras necesarias para poder desarrollar las primeras fases de su proyecto empresarial en relación con otros emprendedores innovadores y en las cercanías de entidades que puedan asesorar para la consolidación y crecimiento de su proyecto.
Por otra parte se ayudará a las entidades a la realización del objeto indicado en el párrafo anterior mediante el apoyo a la inversión necesaria para el desarrollo de las actuaciones.


actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables

Actuación 1. Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
Se contemplan tres líneas de actividad:
  • 1.1 Aplicación de conocimientos y herramientas para asesorar de forma individualizada al emprendedor en sus actividades destinadas a la creación de la empresa:
    • Aplicación de los conocimientos y ejecución de procedimientos adecuados para asistir a los emprendedores en la valoración de sus ideas de negocio y, en su caso, en la configuración del Plan de Empresa
    • Asesoramiento al emprendedor para facilitar las decisiones adecuadas en las fases iniciales de la vida de la empresa mediante el uso de las metodologías de gestión apropiadas.
    • Desarrollo de trabajos específicos para el emprendedor destinados a obtener la información especializada requerida evaluar el mercado y definir los recursos y condiciones necesarias para establecer el correspondiente Plan de Empresa
    • Elaboración de los documentos y aportación de conocimientos al emprendedor y, en su caso, realización de las gestiones con inversores o entidades financieras para facilitar la obtención de financiación para su proyecto empresarial.
Las tareas de asesoramiento pueden contemplar una parte de trabajo en común con varios receptores del servicio para aportarles la formación básica necesaria de la parte expositiva y de establecimiento de metodología, siempre y cuando se realice, finalmente, la acción de asesoramiento individualizada y se aporte un documento específico para cada participante al que se facture un servicio.
  • 1.2 Consolidación y crecimiento de empresas innovadoras de reciente creación a través de acciones de asistencia individualizadas:
    • Asesoramiento para la definición y desarrollo de planes de actuación encaminados a la consolidación, crecimiento y mejora competitiva de las empresas innovadoras y diversificadoras.
    • Aplicación, con asistencia individualizada, de metodologías y herramientas de gestión para mejorar la capacidad competitiva de las empresas innovadoras de reciente creación.
    • Preparación y presentación a inversores o entidades de financiación de Planes de Empresa o Planes de Crecimiento de empresas innovadoras y diversificadoras que han superado las primeras fases, mediante la elaboración de los correspondientes documentos y la asistencia a los promotores e inversores para facilitar el intercambio de información de manera adecuada.
Las tareas de asesoramiento pueden contemplar una parte de trabajo en común con varios receptores del servicio para aportarles la formación básica necesaria de la parte expositiva y de establecimiento de metodología, siempre y cuando se realice, finalmente, la acción de asesoramiento individualizada y se aporte un documento específico para cada participante al que se facture un servicio.
  • 1.3 Centros de Empresas. Suministro de locales.
    • Suministro de locales en alquiler a emprendedores durante un período máximo de tres anualidades para facilitar el arranque de la empresa en locales apropiados, beneficiándose, al mismo tiempo, de las sinergias e información derivadas de su estancia en un Vivero de Empresas destinado a proveer de locales adecuados a emprendedores que inician su actividad de carácter innovador y diversificador del tejido económico.
Para prestar un servicio personalizado a un emprendedor o empresa de los descritos en la presente actuación, en el que se apliquen recursos técnicos y humanos en exclusivo beneficio de ese emprendedor o empresa, será necesaria una solicitud explícita del servicio por el emprendedor o la empresa innovadora concretándose en la respuesta de la entidad su alcance y contenido.
Actuación 2. Inversiones
Inversiones en activos fijos físicos (maquinaria y equipos) destinadas a la creación de un establecimiento nuevo y a la ampliación de uno ya existente, con el fin de facilitar las acciones de apoyo y asesoramiento a los emprendedores innovadores en los primeros años de actividad.


costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

Actuación 1. Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
Serán subvencionables los costes reales en que incurra la entidad sin ánimo de lucro para prestar servicios relativos a:
a) Asesoría en materia de innovación: Consultoría de gestión; formación; consultoría para la adquisición, protección y comercio de Derechos de Propiedad Intelectual y acuerdos de licencias.
b) Apoyo a la innovación: locales para oficinas; investigación de mercados.
Dichos costes consistirán en:
a) Gastos de personal imputables a la prestación del servicio.
b) Gastos de servicios externos en la parte que se dedique exclusivamente a la prestación del servicio.
c) Gastos de funcionamiento derivados directamente de la prestación del servicio.
d) Amortización de las inversiones directamente imputables a la prestación del servicio.
Actuación 2. Inversiones
06 Inversiones no productivas.
Inversiones en maquinaria y equipos necesarias para la prestación de los servicios y el desarrollo de las actividades y proyectos de la entidad.


tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

Actuación 1. Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
Subvención a fondo perdido de hasta el 100% de los costes reales en que incurra la entidad, cuando se trate de entidades en posesión de certificación nacional o europea y hasta el 75% si carecen de ella. En todo caso, a intensidad de la ayuda no podrá ser igual o superior a 7.500.000 de euros por beneficiario y por proyecto.
Este porcentaje de ayuda se aplicará exclusivamente a los costes reales y no al margen razonable. Con carácter no excluyente se considerarán certificadas las entidades pertenecientes a:
Las certificaciones aportadas por otras entidades se someterán al criterio de la Comisión contemplada en el artículo 8 de la presente Resolución.
Actuación 2. Inversiones
Subvención a fondo perdido para:
  • Los beneficiarios cuya sede o establecimiento productivo esté ubicado en los municipios de Valencia y Mislata, de hasta un máximo del 15% en el caso de pequeñas empresas y de hasta un máximo del 7,5 % en el caso de medianas empresas.
  • Los beneficiarios cuya sede o establecimiento productivo esté ubicado en las provincias de Castellón, Valencia y/o Alicante (excepto el término municipal de Valencia y/o Mislata) de hasta el 30% del coste de adquisición, siempre que la entidad beneficiaria ostente la condición de PYME descrita en en el anexo I del RGEC (DO L 214 de 9.8.2008). Se exceptúan de dicho límite de intensidad las ayudas a grandes proyectos de inversión y las ayudas regionales en el sector del transporte.
Las ayudas no podrán superar por beneficiario y por proyecto:
  • Para las ayudas concedidas a beneficiarios cuya sede o establecimiento productivo este ubicado en los municipios de Valencia y/o Mislata, la intensidad de las ayudas no podrá superar el importe de 7.500.000 de euros por empresa y por proyecto.
  • Para las ayudas concedidas a beneficiarios cuya sede o establecimiento productivo este ubicado en las provincias de Castellón, Valencia y/o Alicante(excepto el término municipal de Valencia y/o Mislata), el importe total de las ayudas procedentes de todas las fuentes no superará el 75% del importe máximo de ayuda que podría recibir una inversión con unos costes subvencionables de 100.000.000 de euros, aplicando el umbral de ayuda estándar vigente para las grandes empresas que figure en el mapa de ayudas regionales aprobado en la fecha de concesión de la ayuda.


Criterios de valoración

Actuación 1. Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
Los proyectos se valorarán atendiendo a su capacidad para desarrollar el espíritu de empresa y la innovación y facilitar la aplicación por los emprendedores de las técnicas de gestión más adecuadas.
En concreto para la actuación 1 se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
Calidad del proyecto
  • Ajuste de los objetivos del proyecto y resultados previstos a las necesidades de los emprendedores y de las empresas innovadoras de nueva creación del área de actuación de la entidad. (0-10)
  • Utilización de sistemas de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras de creación reciente normalizados, de calidad contrastable y controlables en sus resultados. (0-8)
  • Formación y experiencia profesional de los técnicos que han de prestar el asesoramiento a emprendedores y empresas innovadoras. (0-8)
  • Coherencia de las actuaciones con las líneas de promoción de las actitudes emprendedoras desarrolladas por la entidad y otras instituciones de la Comunitat Valenciana. (0-5)
  • Complementariedad e integración con otras actuaciones desarrolladas en la Comunitat Valenciana con los mismos objetivos. (0-5)
  • Garantía de difusión de las actuaciones a una porción amplia del territorio, a través de los acuerdos de colaboración pertinentes con otras entidades, particularmente las de ámbito de actuación comarcal. (0-5)
  • Contribución significativa al desarrollo sostenible y al medio ambiente en alguno de los siguientes aspectos: (0-4)
    • Reducción del consumo de agua o de otros recursos naturales.
    • Reducción del consumo de energía.
    • Reducción de las necesidades de ocupación de suelo, especialmente de suelo no urbanizable o urbanizable no sectorializado.
    • Reducción de las necesidades de transporte.
    • Reducción de residuos, vertidos, emisiones y la contaminación, con especial atención a las emisiones a la atmósfera de gases con efecto invernadero.
    • Mejora del estado de conservación y de la capacidad de renovación de los recursos naturales, la biodiversidad, la geodiversidad y el paisaje.
    • Contribución a la defensa frente a riesgos naturales o tecnológicos.
    • Protección del patrimonio cultural
Viabilidad técnica y económico-financiera
  • Coherencia del presupuesto del proyecto con los objetivos a alcanzar. (0-5)
  • Definición del proyecto, sus fases, plan de trabajo y presupuesto de ejecución. (0-5)
  • Dimensión equilibrada de los recursos humanos y de los gastos necesarios. (0-5)
Características del solicitante
  • Grado de importancia en sus fines, actuaciones y presupuestos de las actividades de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras y diversificadoras de reciente creación. (0-5)
  • Capacidad demostrada para desarrollar sistemas y metodologías y facilitar información y orientación a emprendedores, tanto personas físicas interesadas en crear empresas como quienes han constituido la empresa e iniciado sus actividades. (0-5)
  • Integración en el Sistema Valenciano de Innovación y su colaboración con otros agentes vinculados con la creación de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana. (0-5)
  • Grado de incorporación e integración de los distintos agentes del sistema regional de promoción del emprendedurismo y la innovación en los órganos de Gobierno de la Entidad. (0-5)
  • Disponibilidad de locales para vivero de Empresas donde los emprendedores puedan iniciar su proyecto empresarial en proximidad a otros emprendedores innovadores y a los técnicos de la entidad que prestan orientación y facilitan los contactos con potenciales inversores. (0-5)
Aspectos socio-económicos
  • Influencia del proyecto, así como del conjunto de actuaciones de la entidad, en la creación de oportunidades y aprovechamiento de sus capacidades entre colectivos con especial dificultad para emprender actividades económicas y, en particular, la creación de empresas. (0-5)
  • Proyecto desarrollado en zonas de interés preferente recogidas en el Plan de Revitalización de Comarcas del Interior de la Comunitat Valenciana: (0-2)
  • Proyecto presentado por entidades que contraten a trabajadores discapacitados por encima del mínimo legal. (0-4)
  • Tanto por la naturaleza del proyecto como por las características del solicitante, se promueve la igualdad entre hombres y mujeres. (0-4)
Actuación 2. Inversiones
Los proyectos se valorarán atendiendo a su capacidad para desarrollar el espíritu de empresa y la innovación y facilitar la aplicación por los emprendedores de las técnicas de gestión más adecuadas.
En concreto para la actuación 2 se aplicarán los siguientes criterios de valoración:
Calidad del proyecto
  • Adecuación de las inversiones a realizar para desarrollar las acciones de fomento de las actitudes emprendedoras y/o las labores de asesoramiento a emprendedores y empresas innovadoras de creación reciente (0-10).
  • Utilidad, en su caso, de las instalaciones para acoger a emprendedores o empresas recién creadas durante los primeros años de su andadura, atendiendo a las necesidades y expectativas de este tipo de empresas (0-10).
  • Coherencia de las inversiones a ejecutar con el resto de actuaciones y líneas de promoción de las actitudes emprendedoras desarrolladas por la entidad y otras instituciones de la Comunitat Valenciana (0-10).
  • Garantía de disponibilidad de las instalaciones para emprendedores y empresas innovadoras en igualdad de condiciones (0-10).
  • Contribución significativa al desarrollo sostenible y al medio ambiente en alguno de los siguientes aspectos (0-5):
    • Reducción del consumo de agua o de otros recursos naturales.
    • Reducción del consumo de energía.
    • Reducción de las necesidades de ocupación de suelo, especialmente de suelo no urbanizable o urbanizable no sectorializado.
    • Reducción de las necesidades de transporte,
    • Reducción de residuos, vertidos, emisiones y la contaminación, con especial atención a las emisiones a la atmósfera de gases con efecto invernadero.
    • Mejora del estado de conservación y de la capacidad de renovación de los recursos naturales, la biodiversidad, la geodiversidad y el paisaje.
    • Contribución a la defensa frente a riesgos naturales o tecnológicos.
    • Protección del patrimonio cultural
Viabilidad técnica y económico-financiera
  • Coherencia del presupuesto del proyecto con los objetivos a alcanzar (0-5).
  • Definición del proyecto, sus fases, plan de trabajo y presupuesto de ejecución (0-5).
  • Dimensión equilibrada de la inversión a realizar con el resto de instalaciones de la entidad (0-5).
Características del solicitante
  • Grado de importancia en sus fines, actuaciones y presupuestos de las actividades de apoyo a emprendedores y empresas innovadoras y diversificadoras de reciente creación (0-5).
  • Capacidad demostrada para desarrollar sistemas y metodologías y facilitar información y orientación a emprendedores, tanto personas físicas interesadas en crear empresas como quienes han constituido la empresa e iniciado sus actividades (0-5).
  • Integración en el Sistema Valenciano de Innovación y su colaboración con otros agentes vinculados con la creación de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana (0-5).
  • Grado de incorporación e integración de los distintos agentes del sistema regional de promoción del emprendedurismo y la innovación en los órganos de Gobierno de la Entidad (0-5).
  • Experiencia demostrada, en su caso, en la gestión de locales en alquiler de un Vivero de Empresas dedicado a emprendedores y empresas innovadoras de reciente creación (0-5).
Aspectos socio-económicos
  • Influencia del proyecto, así como del conjunto de actuaciones de la entidad, en la creación de oportunidades y aprovechamiento de sus capacidades entre colectivos con especial dificultad para emprender actividades económicas y, en particular, la creación de empresas. (0-5)
  • Proyecto desarrollado en zonas de interés preferente recogidas en el Plan de Revitalización de Comarcas del Interior de la Comunitat Valenciana. (0-2)
  • Proyecto presentado por entidades que contraten a trabajadores discapacitados por encima del mínimo legal. (0-4)
  • Tanto por la naturaleza del proyecto como por las características del solicitante, se promueve la igualdad entre hombres y mujeres. (0-4)


Otros

Actuación 1. Prestación de asistencia personalizada a Emprendedores y Empresas Innovadoras de creación reciente.
1. Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo un proyecto a cada una de las actuaciones contempladas en el programa.
Se deberá aportar, junto con la solicitud y la memoria técnica del proyecto, una copia de la siguiente documentación:
  • Memoria de Actividades provisional del año 2009 (ó 2010 si la solicitud es para 2011).
  • Plan Estratégico de Actividades para el año 2010 (ó 2011 si la solicitud es para 2011).
  • Presupuesto de ingresos y gastos para el año 2010 (ó 2011 si la solicitud es para 2011).
Toda la documentación que se presente deberá hacerse en papel y en soporte electrónico.
El desarrollo de la actuación contemplada en este programa se podrá formalizar mediante un Convenio singular de colaboración entre el IMPIVA y la entidad correspondiente.
La entidad solicitante, con carácter general en todas las acciones relacionadas con el objetivo del programa, y en particular con las actividades que generen los proyectos subvencionados, es responsable de su difusión debiendo hacer conocedor y partícipe al IMPIVA de todas las acciones promocionales y de comunicación previstas tanto en la fase previa de solicitud como, con la suficiente antelación, a lo largo del desarrollo de las mismas, incluida la difusión de los resultados en soportes físicos o electrónicos, debiendo utilizar para ello la normativa de imagen que determinen el IMPIVA y los Fondos Europeos.

2. La entidad beneficiaria esta obligada a facturar los servicios prestados, estableciendo un precio de mercado que refleje los costes totales más un margen razonable. La ayuda deberá aplicarse en forma de bonificación en el precio cobrado a la PYME. Al facturar los servicios la entidad la entidad registrará en la factura el porcentaje mejorado sobre el precio de mercado, así como la declaración de que dicha bonificación constituye ayuda estatal. La PYME receptora del servicio no podrá obtener más de 200.000 euros de bonificación en un periodo de tres anualidades.
Para garantizar la transparencia de los costes de los servicios así como los precios pagados por las PYME usuarias de las mismos, la entidad beneficiaria llevará un sistema contable analítico a través del cual se puedan justificar los costes exactos en los que se ha incurrido realmente para la prestación de servicios. Este requisito se cumplirá mediante una declaración expedida por auditor o empresa debidamente inscrita en el ROAC que certifique que los gastos declarados corresponden a la prestación de servicios y que el precio facturado por la prestación de estos últimos es un precio de mercado. Esta declaración formará parte del informe de revisión de cuentas justificativas de la subvención exigido por el IMPIVA para la justificación del proyecto.
Actuación 2. Inversiones
1. Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo un proyecto a cada una de las actuaciones contempladas en el programa.
Se deberá aportar, junto con la solicitud y la memoria técnica del proyecto, una copia de la siguiente documentación:
  • Memoria de Actividades provisional del año 2009 (ó 2010 si la solicitud es para 2011).
  • Plan Estratégico de Actividades para el año 2010 (ó 2011 si la solicitud es para 2011).
  • Presupuesto de ingresos y gastos para el año 2010 (ó 2011 si la solicitud es para 2011).
Toda la documentación que se presente deberá hacerse en papel y en soporte electrónico.
El desarrollo de la actuación contemplada en este programa se podrá formalizar mediante un Convenio singular de colaboración entre el IMPIVA y la entidad correspondiente.
La entidad solicitante, con carácter general en todas las acciones relacionadas con el objetivo del programa, y en particular con las actividades que generen los proyectos subvencionados, es responsable de su difusión debiendo hacer conocedor y partícipe al IMPIVA de todas las acciones promocionales y de comunicación previstas tanto en la fase previa de solicitud como, con la suficiente antelación, a lo largo del desarrollo de las mismas, incluida la difusión de los resultados en soportes físicos o electrónicos, debiendo utilizar para ello la normativa de imagen que determinen el IMPIVA y los Fondos Europeos.

2. Las entidades beneficiarias cuya sede o establecimiento productivo se ubique en las provincias de Castellón, Valencia y/o Alicante (excepto el término municipal de Valencia y Mislata) vendrán obligadas a:
a) Mantener la inversión en la región beneficiaria durante tres años una vez completada en su totalidad. Ello no impedirá la sustitución de instalaciones o equipos que hayan quedado obsoletos debido a la rápida evolución de la tecnología, siempre y cuando la actividad económica se mantenga en la región de que se trate durante el período mínimo.
b) Aportar una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de por los menos un 25% de los costes subvencionables, ya sea mediante sus recursos propios o mediante financiación externa.


Solicitud y documentación

1. Solicitud normalizada
Los modelos de impresos normalizados (solicitudes y el resto de documentación) estarán disponibles en la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es . Las solicitudes se adecuarán a los modelos normalizados y se rellenarán utilizando los medios electrónicos y/o telemáticos proporcionados por el IMPIVA a través de la dirección de Internet indicada anteriormente.
1.1) Si la solicitud se tramita vía telemática, sólo se admitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Registro Telemático que estén firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, según lo dispuesto en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat, y expedido por la Generalitat Valenciana o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat Valenciana haya firmado el oportuno convenio, que pueden consultarse en la página web http://www.pki.gva.es/puntreg_c.htm . Actualmente el IMPIVA presta dicho servicio de certificaciones en su sede de Valencia.
1.2) Las personas solicitantes que no utilicen la firma electrónica avanzada deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de medios telemáticos y las presentarán, una vez cumplimentadas con las correspondientes firmas originales, en los lugares indicados en los apartados 7.4.1 y 7.4.2.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y la regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat, se incorpora el procedimiento recogido en esta Resolución al anexo de dicho decreto, como procedimiento susceptible de tramitación a través del Registro Telemático de la Generalitat.
2. Documentación que debe acompañar a la solicitud normalizada
2.1. Memoria técnica del proyecto, según modelo que puede obtenerse descargándolo de la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es . Se advierte que una defectuosa o deficiente cumplimentación de la memoria, o su difícil comprensión, generarán una minusvaloración del proyecto de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos para cada programa.
2.2. Documentación relativa a la personalidad jurídica del solicitante: estatutos vigentes y poder de representación del firmante de la solicitud, o acta de nombramiento. No será necesaria la presentación de esta documentación si ya obra en poder del IMPIVA y se mantiene vigente, aportando al efecto declaración de vigencia según modelo disponible en la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es .
2.3. La presentación de la solicitud conlleva la autorización al IMPIVA, salvo manifestación en contrario por el solicitante, para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Unidad recaudadora de la Hacienda Pública Valenciana y por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los que se acredite que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones con dichas administraciones. En cualquier caso el IMPIVA podrá requerir directamente al solicitante en caso de que la información obtenida presente alguna incidencia.
2.4. Si la solicitud aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
2.5. Los requerimientos a los que se hace referencia en este artículo, así como cualquier otro que pudiera realizarse por el IMPIVA podrá efectuarse por fax o por correo electrónico al número de fax o a la dirección indicada por el solicitante en el modelo de solicitud, siempre que quede constancia de la recepción por aquél.
2.6. Los requerimientos, las notificaciones, las comunicaciones o la documentación de los procedimientos emitidos mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de la Generalitat Valenciana gozarán de validez y eficacia, en los términos del artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
2.7. La aportación de documentos en contestación a los requerimientos referenciados se podrá realizar a través del Registro Telemático a través de la dirección de Internet del IMPIVA, siendo aplicables los mismos requisitos sobre la utilización de firma electrónica avanzada que los recogidos en el artículo 1.
3. Plazo de presentación de solicitudes
Podrán presentarse a esta convocatoria solicitudes durante los ejercicios 2010 y 2011 de acuerdo con el siguiendo calendario:
  • Anualidad 2010: desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) hasta el 15 de abril de 2010.
  • Anualidad 2011: Desde el 1 de noviembre de 2010 hasta el 1 de febrero de 2011.
4. Lugar de presentación de solicitudes
4.1. Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en cualquiera de las sedes del IMPIVA indicadas a continuación en horario de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes, y de 17.00 a 19.00 horas, de lunes a jueves.
Las solicitudes podrán presentarse en:
  • IMPIVA Alicante-Oficina PROP: C/Churruca, 29, 03003 Alicante.
  • IMPIVA Castellón-Oficina PROP: Av. Hermanos Bou, 47. 12003 Castellón de la Plana.
  • IMPIVA Valencia: Plaza del Ayuntamiento, 6. 46002 Valencia.
4.2. También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo 38.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada.
4.3. En el caso de solicitudes que se presenten ante el Registro Telemático de la Generalitat, éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud, que podrá ser archivado o impreso por el interesado, en los términos previstos en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático de la Generalitat y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat.

 
.

Documentación anexa

FileAclaración imputación nóminas (estampillado)
FileJustificación: Preguntas frecuentes
FileAplicación Justificación 2010
FileEsquema XML JUSTIFICACIÓN 2010
FileFe errores página 38 Asistencia act 1
FileFe errores pagina 24 Asistencia Act 2
FileManual de Justificación + Anexos de las ayudas de Asistencia a la Creación y Crecimiento de Empresas Innovadoras - Actuación 1. Convocatoria 2010
FileManual de Justificación + Anexos de las ayudas de Asistencia a la Creación y Crecimiento de Empresas Innovadoras - Actuación 2. Convocatoria 2010
FileFormulario de Solicitud (exe)
FileGuía Definición Pyme (pdf)
FileMemoria Técnica Actuación 1
FileMemoria Técnica Actuación 2
FileDOCV nº 6231 de 23/03/2010